Diputados aprueban dictámenes en beneficio de militares
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de febrero (Quadratín México).- La Comisión de Defensa Nacional en la Cámara de Diputados aprobó un dictamen a la minuta que reforma la ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, con lo que se refuerzan algunos beneficios, como garantizar una pensión mínima de 180 días de salario mínimo vigente a los familiares del militar muerto en acción de armas.
También se aprobó un incremento en su haber de retiro a los militares con 20 a 29 años de servicio, el cual será a partir de 50 por ciento y aumentará uno por ciento por cada año de servicio hasta llegar a 59 por ciento.
En la minuta aprobada se resalta que de acuerdo con el régimen de seguridad social y para efectos de retiro, los elementos del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México no se retiran del servicio activo por vejez, sino al llegar a la edad límite establecida para permanecer en el servicio activo, que va de los cincuenta a los 65 años dependiendo de las jerarquías del Ejército Mexicano.
También se reduce el término para acceder a un crédito de vivienda militar de 10 a por lo menos 6 años, homologando los términos que se establecen en leyes como las del Infonavit y el Fovissste.
En el caso del fallecimiento de un militar o de incapacidad en primera o segunda categorías, en acción de armas, sin importar el número de años de servicios y de los depósitos que haya constituido a su favor, a la viuda o viudo, concubina o concubinario con derecho a pensión o al militar incapacitado con haber de retiro, se les podrá otorgar un crédito hipotecario a juicio de la Junta Directiva del Instituto.
El instituto establecerá casa hogar para que los militares retirados que lo soliciten, las habiten por sí solos o con su cónyuge, concubina o concubinario y el pago de una cuota mensual por cada uno de los usuarios, en poblaciones adecuadas y en la medida de sus posibilidades económicas.
El instituto afiliará a los hijos menores del militar con la sola presentación de copia certificada del acta de nacimiento del hijo, o por mandamiento judicial.
En la reunión de trabajo la comisión aprobó también un dictamen a la minuta por el que se reforman y adicionan las leyes Orgánica de la Armada de México y del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
El documento que reforma el artículo 81 BIS y adiciona un párrafo de dicha ley establece una licencia de tres a doce meses para militares que están próximos al retiro, dependiendo de los años de servicio prestados.
La licencia será concedida por una sola ocasión, con goce de las percepciones que esté recibiendo el militar sin interrumpir su tiempo de servicios.
blr/bhr
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